Venezuela revolucionó el feminismo en Latinoamérica
Un gravísimo problema contra el cual han luchado históricamente las mujeres en el mundo es la violencia que se ejerce contra ellas, por el solo hecho de ser féminas.
Las mujeres han evidenciado a lo largo de los años la discriminación en lo económico, político, social, laboral, entre otras áreas, producto de las sociedades en las que se ha implantado un carácter patriarcal.
En Venezuela, desde la llegada de la Revolución Bolivariana el país se colocó a la vanguardia en el tema, e inició el siglo XXI con una Constitución considerada la más avanzada de América Latina, la cual se redactó con un lenguaje inclusivo y con un instrumento normativo que regulaba la violencia contra las mujeres.
El documento evidenció la transformación democrática de la sociedad venezolana, que otorgó protagonismo al feminismo, haciendo a un lado la desigualdad, discriminación y negación del derecho pleno de las mujeres.
Aunado a ello, el 23 de abril de 2007 se decreta la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia con el objeto de garantizar y promover el derecho de las féminas a una vida libre de este flagelo, creando condiciones para “prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos, impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres, para favorecer la construcción de una sociedad justa democrática, participativa, paritaria y protagónica”.
La misma obliga al Estado a adoptar todas las medidas administrativas, legislativas, judiciales y de cualquier otra índole que sean necesarias y apropiadas para asegurar el cumplimiento de esta Ley y garantizar los derechos humanos de las mujeres víctimas de violencia. Igualmente otorga a la sociedad el derecho y el deber de participar de forma protagónica para lograr la vigencia plena y efectiva del documento legal.
En este contexto, en aras de garantizar protección integral a las mujeres se incluyó 19 tipos de violencia con sanciones desde varios meses hasta 20 años de prisión para quienes incurran en los delitos, entre los que se incluyen violencia obstétrica y la esterilización forzada.
Entendiéndose la primera como “la apropiación del cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres por personal de salud, que se expresa en un trato deshumanizador, en un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, trayendo consigo pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre sus cuerpos y sexualidad, impactando negativamente en la calidad de vida de las mujeres”.
En el caso de la esterilización forzada se refiere a “realizar o causar intencionalmente a la mujer, sin brindarle la debida información, sin su consentimiento voluntario e informado y sin que la misma haya tenido justificación, un tratamiento médico o quirúrgico u otro acto que tenga como resultado su esterilización o la privación de su capacidad biológica y reproductiva”.
A la luz de la Ley, en 2009, el líder revolucionario Hugo Chávez, declara a Venezuela como un país feminista. “Sin la verdadera liberación de la mujer sería imposible la liberación plena de los pueblos, y soy un convencido de que un auténtico socialista debe ser también un auténtico feminista”, expresó en esa oportunidad.
En aras de continuar brindando protección y seguridad integral a las mujeres, el 30 de diciembre de 2014 se reforma el instrumento legal y se modifica entre otras cosas el artículo 15, que refiere las formas de violencia, añadiendo el femicidio y la Inducción o ayuda al suicidio, como crimen.
Muchas son las políticas impulsadas por el proceso revolucionario para acompañar a las mujeres, quienes desde 1999 cuentan con espacios que garantizan su protagonismo.
Prensa Presidencial/Carolina Ojeda